Política y normas

Política del Archivo Oficial de José Israel Negrón Cruz
Todos los editores, seguidores y usuarios casuales del Archivo Oficial de José Israel Negrón Cruz deben regirse bajo las siguientes políticas, que deben leer detenidamente, antes de navegar por el blog.  En caso de incumplimiento de estas políticas sin autorización del Archivo Oficial de José Israel Negrón Cruz, nos reservamos el derecho de permitirle su participación en el Archivo.
Las políticas puede variar, es responsabilidad de usted consultar esta página periódicamente para comprobar si hemos incorporado alguna modificación. No están permitidas las ecepciones a estas políticas bajo ningún concepto.

Deseamos que  todos los editores, seguidores y usuarios casuales del Archivo Oficial de José Israel Negrón Cruz, tengan una experiencia enriquecedora durante el proceso de navegación por el mismo. Y que no surgan inconvenientes que puedan crear, experiencias negativas, durante el proceso de su estadía en este espacio cibernético. Es nuestro deseo que los participantes tengan una relación duradera con el Archivo y que se sientan en la libertad de utilizarlo cuando estos así lo deseen y que su experiencia sea de enriquecimiento personal. Para que esto se pueda llevar a cabo, es importante que se familiarice con nuestras políticas.
I.                   Normas en cuanto a los anuncios publicados en el Archivo Oficial de José Israel Negrón Cruz.
Es el deber del Archivo Oficial de José Israel Negrón Cruz, el velar por los mejores intereses de sus anunciantes, para esto se han establecidos unas normas fáciles de seguir que garantizan el sano uso de los anunciantes y patrocinadores del Archivo.
a)      Se prohíbe pedir a editores, usuarios y visitantes casuales el que se hagan clic en los anuncios. Esto por parte de editores, usuarios y visitantes casuales. Para evitar este tipo de conducta, los comentarios pueden ser revisados antes de ser publicados en el blog. Incluso aunque el anuncio sea suyo o de su empresa, está prohibida este tipo de conducta.

b)     Se prohíbe animar a los usuarios del Archivo Oficial de José Israel Negrón Cruz a realizar clics no deseados por medios ajenos al Archivo. Ni en otros blogs, ni vía e-mail, o por medio de recompensas económicas, está prohibido el fomentar clic en los anuncios del Archivo Oficial de José Israel Negrón Cruz. Aquel que  incurra en este tipo de violación debe ser reportado de manera inmediata a Google. Los usuarios siempre deben hacer clic en los anuncios porque estén interesados en los servicios que se ofrecen.

II.                 Normas en cuanto al contenido de las publicaciones por parte de los editores y usuarios.

Es deber de cada editor, seguidor del Archivo y usuario casual, velar por el contenido de sus publicaciones. Para mantener el estándar de calidad de nuestras publicaciones, las mismas pueden ser revisadas antes de que sean vistas en el blog y deben atenerse a lo siguiente.  

a)      Se prohíbe, el contenido pornográfico, no apto para menores, dentro de las publicaciones hechas por los usuarios del Blog y en las entradas realizadas por los editores. De incurrir en una violación a esta política, dependiendo de la gravedad de la misma, el individuo se expone a ser reportado ante las autoridades legales de su País.
b)     Se prohíbe el contenido relacionado con los juegos de apuestas, a no ser que el mismo tenga como propósito el educar acerca de las consecuencias del juego.
c)      No se permite el contenido que fomente la violencia hacia un grupo étnico, social, religioso, corporativo o de cual índole que pueda generar malestar a terceros.
d)     Está estrictamente prohibido publicar contenido que vaya en contra de los derechos de autor. Esto incluye, literatura, fotos, videos, música y todo aquellos que este regulado por la ley de derechos de autor. Las imágenes y literatura publicada, deben ser de la autoría del editor o usuario del blog.
e)      Se prohíbe el contenido que incite al uso de drogas, tabaco u alcohol. No obstante se puede publicar material educativo que contribuya a que las personas obtengan herramientas para combatir los vicios.
f)       No está permitido publicar contenido violento, que demuestre derramamiento de sangre o accidentes espantosos, sin importar si el mismo formase parte de una noticia.

g)      El Archivo Oficial de José Israel Negrón Cruz prohíbe sobretodo imágenes de abuso sexual infantil o con la pedofilia. Según la ley federal de Estados Unidos, las imágenes de abuso sexual infantil son representaciones visuales de menores (menores de 18 años) involucrados en un acto sexual, como relaciones sexuales, sexo oral o masturbación, así como representaciones lascivas de los genitales (cubiertos o descubiertos). Esta definición se aplica también a fotografías, vídeos, dibujos animados, dibujos, pinturas y esculturas. La imagen puede incluir un niño real o una imagen generada, transformada o alterada por ordenador que parezca un niño (como con "Photoshop"). Esto también incluye solicitar actos sexuales a menores, lo que también se conoce como "incitación".


Revisado el 31 de diciembre del 2014

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